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Los remanentes de una mala práctica




Un trabajo de Natalia Arreola Becerril


Las voces silenciadas de las madres resuenan como ecos.

Jane Doe fue presionada por su suegra y su novio para rmar un documento. En su declaración ante la scalía, asegura que la convencieron de que era "algo inocente", alegando que se trataba de un medio para “consentir” que la abuela tuviera acercamiento con su hijo recién nacido.

Diez días pasaron, desde la rma de ese documento, en los que Jane Doe no supo nada de su bebé. Cuando acudió a la scalía a denunciar, el 31 de octubre de 2022, le dijeron que su suegra, sustractora del niño, estaba registrada como la madre del recién nacido y que, si quería saber de él, tendría que ponerse de acuerdo con ella.

Sin saberlo, Jane Doe había rmado un documento en el que se declaraba madre de vientre subrogado para dar a luz a un hijo que posteriormente sería adoptado por la madre de su novio.


Este caso fue narrado por la secretaría de gobernación, que señala que estos hechos sucedieron en Ignacio de Llave, Veracruz. A pesar de eso, ni el Instituto Veracruzano de las Mujeres ni la secretaría de salud de dicho Estado tienen registro alguno de que existan casos de violencia contra mujeres gestantes de vientre subrogado.


La justicia no responde a las mujeres anónimas de las que las secretarías tienen los casos, pero no los nombres.


Un caso similar registró la secretaría de gobernación de Aguascalientes, que narra que Jane Doe 2, fue remitida a la Fiscalía del Estado el 1 de Diciembre de 2022 porque su marido, ahora acusado de trata de personas, la obligó a rmar un contrato de subrogación de vientre en contra de su voluntad.


Estos son los únicos dos incidentes de violencia que, de acuerdo con la Unidad general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de gobernación, se tienen registrados en territorio nacional.


Este mismo organismo me remitió a la Secretaría de Salud, a las Fiscalías Generales de Justicia de las entidades federativas donde fueron registrados los casos y la Fiscalía General de la República para determinar de qué manera intervinieron en el proceso de deliberación, regulación y persecución de quienes ejercieron la violencia reproductiva, de género y trata de personas contra estas mujeres, pero ninguno de estos cuenta con los datos para resolver cualquier cuestionamiento de esta índole.


Se realizaron 13 solicitudes de transparencia. Sólo 1 Instituciones respondieron con
datos.

Peor aún, no hay registro de la cantidad Idnteeracbtivee bcoéntsentqbyuFelourhisah n
nacido como producto de este procedimiento en territorio nacional y tampoco se tiene un protocolo que, a nivel estatal, las Organizaciones privadas tienen la responsabilidad de comunicarle al Estado que se trata de un caso de gestación subrogada.


De forma clara, existen inconsistencias que revelan la falta de comunicación entre organismos estatales y negligencias en su labor diaria.

A pesar de estar catalogado como un tema "primordial" por el Senado de la República en materia de derechos humanos, y desde la perspectiva, quizá no adecuada ni efectiva para todos los casos, de que es una práctica que incita a la trata de personas, México no ha logrado avanzar hacia un código civil ni familiar que la regule adecuadamente.

La pregunta es cómo puede no haber su ciente control ni ltros para determinar si un padre sustituto es apto para adoptar, más grave todavía, si una mujer realmente quiere dar en adopción a su bebé.

Sin las regulaciones necesarias, cualquier caso de violencia puede fácilmente hacerse pasar por un método de reproducción asistida.

“En cuestión de la aceptación y la ética en la práctica de la subrogación, entramos a un apartado complicado. Si bien en México está penado el tráfico de órganos y las donaciones cuentan con un protocolo muy estricto, la subrogación o renta uterina entra en una zona medico-legal ambigua”.

Esto afirmó en entrevista el Doctor Diego García Siliceo, especialista en Urgencias médico-quirúrgicas, cuando se le preguntó sobre el tema.

"No se puede emitir ni recibir un pago por ningún medio en relación con donación, por ejemplo, razón por la cual la gente que requiere algún transplante entra en una lista de espera para su transplante. Sin embargo, si es una donación directa (voluntaria, altruista y que puede comprobarse que no hubo ningún acto de intimidación de por medio entre ambas partes), se realiza el transplante entre dos personas, consanguíneos o no.

La dificultad para comprobar que se cumplen estas condiciones en la gestación subrogada convierten su práctica en un reto para el departamento médico y jurídico de los hospitales donde se tratan estos casos, donde existe la duda para realizar dichos procedimientos por el riesgo que conlleva para todos los implicados, los padres adoptivos, la madre gestante y el producto recién nacido", asegura.


México, un país donde la gestación Subrogada es legal.




El 28 de abril de 2016 fue la última vez que el Senado de la República legisló en esta materia. Un año antes, en 2015, trece senadores del Partido Revolucionario Institucional propusieron prohibir esta práctica pero, en lugar de llegar a una resolución, el debate se envió a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos en su lugar.


Sólo dos entidades federativas establecen en su código civil la forma en la que debe donde el procedimiento de la gestación subrogada es legal.



Tabasco, en el capítulo V de su código civil, y Sinaloa en el artículo 92 y capítulo 6 de “La gestación sustituta y subrogada” de su código civil, establecen que tienen conocimiento de que la práctica se lleva a cabo y proponen medidas regulatorias para evitar abusos.


Esta postura contrasta con la de Coahuila y Querétaro, que en los artículos 491 y 400, respectivamente, de sus códigos civiles desconocen y prohíben explícitamente cualquier acuerdo relacionado con la práctica.


El 30 de noviembre de 2010, la Ciudad de México aprobó una normativa en la materia, pero esta nunca fue publicada y quedó sin efectos. Las otras 27 entidades federativas no se han pronunciado sobre las posibles regulaciones con respecto a este tema ni si están a favor o en contra de que se lleve a cabo en su territorio.


Es necesario mencionar la reforma al artículo 30 constitucional, misma que se llevó a cabo para proteger a las víctimas, prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas.


Pese a que no se menciona explícitamente la gestación subrogada, la propuesta gira en torno a sentenciar con 15 a 25 años de prisión y de 2 mil a 30 mil días de multa a cualquier persona que intercambie algún órgano, tejido, células humanas, donación de óvulos o a quienes adopten un bebé de gestación subrogada a cambio de una bene cio económico.


En el aspecto legal, documentos conseguidos vía transparencia aseguran que no existe más información al respecto.

En cuanto al manejo de estos casos por los comités bioéticos, el Doctor García mencionó:

"Si bien el manejo de todos los embarazos está contemplado como una necesidad clave en el territorio nacional, los embarazos subrogados pueden presentar múltiples problemas, como por ejemplo que la madre subrogada decida quedarse con el recién nacido, que los padres adoptivos decidan NO quedárselo en algún momento, que los padres adoptivos se separen durante el proceso o que se encuentre alguna anormalidad genética que implique el rechazo de los padres adoptivos.

La presencia de estos posibilidades conlleva un riesgo inherente para los involucrados y para el personal clínico, jurídico y administrativo del hospital. La falta de claridad en estos proceso requiere de especial apego de la paciente a sus consultas de manera regular y una vigilancia estrecha por parte de todo el personal de salud, jurídico y administrativo, asociado al caso", afirmó.

Además, se le preguntó cómo manejan los hospitales los casos de gestación subrogada y si estos, tanto públicos como privados, intervienen en el proceso o sólo se encargan de evaluar la salud de la mujer.

"La mortalidad materna es un problema nacional grave, por lo que todos los proceso obstétricos, subrogados o no, deben revisarse detalladamente en el consultorio, clínica u hospital donde asiste la paciente. Se solicitan múltiples estudios y consultas prenatales a lo largo del embarazo para favorecer un proceso gestación saludable.

En países como Estados Unidos, se requiere una asesoría pre-embarazo de las partes involucradas antes de iniciar el proceso. En nuestro país, de confirmarse el caso, si existe un gineco-obstetra adscrito al caso, se localiza. Se solicita la presencia del departamento psicológico y jurídico para entrevistar a las partes involucradas, a fin de verificar que no hubo algún tipo de presión hacia la subrogada, así como corroborar que no hubo un pago de por medio.

Los riesgos obstétricos se pueden presentar en cualquier embarazo, no son exclusivos de embarazos con edad materna avanzada o edades tempranas. Esto incluye los embarazos subrogados. Existe una idea errónea respecto a su bajo riesgo.

Si bien la responsabilidad obstétrica es hacia la madre subrogada (tanto pre y post-parto), siempre debe asegurarse que sus deseos, tanto de gestante como padres adoptivos, no entren en conficto directo con el bienestar y el interés del bebé", asegura.

A ustedes, como médicos, ¿los instruyen sobre las existencia de estas prácticas?

"Se mencionan en sesiones clínicas relacionadas a embarazo, sin embargo, es raro que se toque el tema en las sesiones generales del hospital de manera especí ca, se aborda más como riesgos obstétricos", concluye el Doctor García.

“En México, el entrenamiento sobre estos temas aún está limitado. En realidad se instruye hasta la especialidad o subespecialidad, pero debería darse desde los primeros años de la carrera”.

La entrevista con el Doctor García expuso el mismo problema: dentro del sector médico mexicano, no hay una rama que se especialice en estudiar estos casos en particular sino que, en palabras de los expertos, se tratan más bien como riesgos obstétricos.

De la misma manera, a rma: “La gestación subrogada sigue siendo tema tabú en muchos países, sin embargo, desde el punto de vista cientí co, es una excelente opción. Desde la ética médica, estableciendo consentimientos informados sobre las implicaciones de todas las partes involucradas, es posible evitar el con icto médico y legal, ya que, como se sabe, la maternidad subrogada puede prestarse para el trá co humano”.

Esto en un contexto en el que se estima, por los pocos registros que sí existen en otros países donde la gestación subrogada también es una práctica legal, que alrededor de 20,000 mil bebés nacen cuando una mujer, con previo acuerdo, queda embarazada con gametos sexuales diferentes a los suyos y da a luz a un bebé para otra persona o pareja.

A diferencia de las denuncias que fueron registradas por las Fiscalías de Aguascalientes y Veracruz, estos bebés sí fueron concebidos con ese propósito. En este contexto, deben existir una in nidad más de casos, de violencia o secuestro, que han caído bajo la etiqueta de gestación subrogada, producto de una mala comprensión de la práctica, cuando en realidad son una violación a los derechos humanos.

Considerando que no se ha legislado en la materia en los últimos ocho años y que no se da seguimiento, y mucho menos nombre, a las víctimas de los casos en los que los vacíos de una frágil regulación hayan sido aprovechados para ejercer violencia contra las mujeres, valdría la pena preguntar si existe alguna barrera ideológica que impida que se llegue a soluciones pertinentes o que se planteen protocolos para revisar y acompañar estos casos.

“Los médicos deberíamos mantener nuestra ética y moral al margen de nuestra práctica profesional ya que, ante todo, se debe priorizar el bienestar de los pacientes. Sin embargo, tengo colegas que, por sus creencias, no interactúan con pacientes que no comulgan con sus mismas ideas”, concluye el Doctor Maldonado.


Así como sucede en el mundo médico, sucede en el plano legal. El problema no sólo tiene que ver con la falta de regulaciones a nivel jurídico, médico o ético, sino con las limitaciones que la misma sociedad ha impuesto sobre la reproducción femenina y la familia.

Todo apunta a que una velada, pero profunda, moral conservadora in uye en la forma en la que la gestación subrogada se juzga en México. Desde esta perspectiva, el problema no es la práctica en sí, sino el hecho de que no se ha regulado ni educado su ciente en la materia.

No existe un consenso en cuanto a la ética, la moralidad y la legalidad de esta práctica en México, por esa razón, las Instituciones no pueden hacer un seguimiento ni registro adecuado de los casos que, de forma similar a los narrados en este trabajo, han sido catalogados con etiquetas que no les corresponden.

Más importante es mencionar que, aún si este muro ideológico no estuviera presente, los "después vemos" de los códigos civiles y familiares de México hacen posible que mujeres como Jane Doe 1 y Jane Doe 2 continúen siendo violentadas y olvidadas por un sistema que se ha visto rebasado por un método de reproducción asistida.

En un lugar no muy lejano, permanecen los llantos de mujeres a las que se les arrebató su bebé, su nombre y su dignidad. Oídos sordos y ojos ciegos los que no las escuchan ni las ven gritar.

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